1 de jul de 20153 min.
Actualizado: 28 de may de 2021
ACTUALIZACION: Murcia elevará en 2017 la exención en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones al 60%.
Frente a estas Comunidades, están otras que no pagan casi nada, como por ejemplo Madrid, que tiene una exención del 99% para herencias de los padres a sus hijos.
Ante esta diferencia de tributación, se ha detectado que muchos ciudadanos han optado por un cambio de residencia, pero simulado, por lo que se produce una evasión fiscal de impuestos en la Comunidad Autónoma real donde residen. Esto deriva en una gran diferencia de tributación, siendo el paraíso fiscal del Impuesto sobre Sucesiones Madrid; por lo tanto, muchos ciudadanos trasladan la residencia a través del empadronamiento a Madrid aunque sigan viviendo en Murcia.
Este cambio de residencia ficticio cuya única intención es lograr una tributación efectiva menor es perseguida por el ejecutivo. El concepto de residencia habitual, esencial para determinar la competencia en las sucesiones mortis causa y demás aspectos, se recoge en la Ley 22/2009, art 28.
Como regla primordial, se presumirá que la residencia habitual de una persona es aquella donde haya vivido más número de días del periodo de los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de devengo del impuesto, es decir, anteriores a la fecha del fallecimiento. Habiendo otros criterios que pueden determinar la residencia o no del causante, como dónde tenga su principal centro de intereses, es decir, dónde se obtenga la mayor fuente de renta, dónde trabaje, dónde tenga más rendimientos inmobliarios, cuentas, depósitos, empresas, etc.
También se tendrán en cuenta criterios subjetivos, como dónde vive o dónde está empadronado su cónyuge y sus hijos, dónde están localizadas las entidades bancarias donde tengan ingresos y gastos domiciliados, etc.
Porque se exigen requisitos que son comprobados por la inspección y, más aún, porque con el objetivo de luchar contra el fraude, se ha aprobado el Plan de Control Tributario 2015 de la Región de Murcia, por el cual la Comunidad Autónoma cuenta con más herramientas e información para investigar y comprobar los tributos regionales, centrándose para 2015 en comprobar la correcta tributación de los murcianos en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (puede leer más sobre esto aquí). Y en caso de no cumplirse, tendrán que pagar el impuesto de sucesiones con recargo y sanción, siendo más gravoso que si hubiera tributado correctamente.
Por ello, los criterios de residencia cada vez son más vigilados por las comunidades autónomas que ven dilapidados sus esfuerzos tributarios por cambios de residencia ficticios; y como pueden ver, no solo basta con empadronarse sino que el inspector comprueba la domiciliación de los ingresos de la pensión, cuál es el médico de familia asignado, dónde se han producido la mayoría de gastos, dónde vive el cónyuge, …
Hay que tener mucho cuidado porque, una vez que se liquida el impuesto, la Comunidad Autónoma tiene cuatro años, hasta su prescripción, para enviar requerimiento y conocer cuál es la comunidad autónoma efectiva en caso de fallecimiento.
Existen deducciones y bonificaciones aprobadas por las Comunidades Autónomas que pueden reducir el pago del impuesto de sucesiones al 99%.
Si quiere saber más del impuesto de sucesiones, mire aquí y aquí.
Si tiene alguna duda sobre la fiscalidad de las dietas y kilometrajes, déjenos su comentario.