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NUEVA GESTIÓN EN LOS PROCESOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL

Actualizado: 24 may 2021

Novedades sobre los procesos y la gestión de la incapacidad temporal


El 1 de diciembre entró en vigor la Orden ESS/1187/2015 por la que regulan la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.


¿Cuáles son los tipos de procesos por baja de incapacidad temporal?


Se establecen cuatro tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada.


Para su fijación los médicos contarán con tablas de duración estándar que tienen en cuenta:

  1. el diagnostico,

  2. la edad,

  3. la ocupación del paciente.

Los cuatros tipos de procesos de baja por incapacidad temporal según la duración estimada son

1.- MUY CORTO

  1. Menos de 5 días naturales.

  2. No hay parte de confirmación.

  3. Hay un único parte de baja y alta.

  4. El trabajador puede solicitar que el día del alta se le visite, y si el médico lo considera incapacitado para el trabajo podrá modificar la fecha inicial de alta.

2.- CORTO

  1. De 5 a 30 días naturales.

  2. El primer parte de confirmación a los 7 días desde la fecha de la baja.

  3. Los demás partes a los 14 días naturales.

3.- MEDIO

  1. De 31 a 60 días naturales.

  2. El primer parte de confirmación a los 14 días desde la fecha de la baja.

  3. Los demás partes a los 28 días naturales.

4.- LARGO

  1. De 61 o más días naturales.

  2. El primer parte de confirmación a los 14 días desde la fecha de la baja.

  3. Los demás partes a los 28 días naturales.

¿Cómo se tramitan los partes médicos de incapacidad temporal?


En los casos de baja y partes de confirmación el trabajador tiene tres días desde la expedición del parte que se trate para presentarlo ante la empresa.


Para la presentación del parte de alta el plazo será de 24 horas desde su emisión.


En los procesos muy cortos, el trabajador podrá poner en conocimiento de la empresa el proceso de baja médica cuando se produzca su reincorporación, incluso fuera del plazo general de los tres días con el que cuenta para entregar el parte de baja a la empresa.


En estos supuestos de procesos muy cortos, la obligación se extiende a las 24 horas siguientes de la fecha de alta médica o a la del parte de confirmación que deje sin efecto el alta.


La empresa tiene la obligación de transmitir al INSS los partes de incapacidad temporal a través del sistema RED, con un plazo máximo de 3 días

¿Tiene alguna duda sobre las novedades en la gestión de incapacidad temporal? Déjenos su comentario, gracias.

Antonio Martínez Ortiz

Asesor Laboral en Carrillo Asesores

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