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Novedades tributarias 2019 para artistas creadores y cineastas

Actualizado: 29 abr 2021

Con el cambio de año se modifican algunos aspectos en materia tributaria y fiscal en ciertos segmentos del sector “artista”. Los cambios principales que conforman estas novedades tributarias 2019 para artistas creadores y cineastas según el impuesto al que afectan son los siguientes:


Novedades tributarias 2019 para artistas creadores y cineastas


Impuesto sobre sociedades (IS)


Aquí los cambios se producen en la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales a las que se acojan sociedades. Y es que a partir de ahora desaparecen las obligaciones formales para los productores que existían. Básicamente ya no tendrán que:

  1. Incorporar en los créditos y en la publicidad de forma explícita nada.

  2. Remitir cierto material al Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA). También informarle de algunos datos estadísticos.

  3. Ceder los derechos de reproducción parcial de las obras audiovisuales y materiales gráficos entregados para la realización de actividades y elaboración de materiales de promoción en España y en el extranjero con fines culturales o turísticos.

Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)


A partir del 1 de enero de 2019, la retención de los rendimientos de capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual cuando no sea el autor el contribuyente se reduce de un 19% a un 15%. Esto es importante tenerlo en cuenta a la hora de realizar las facturas, para no aplicar una retención incorrecta. Luego se tendrían que solicitar devoluciones de ingresos indebidos a la agencia tributaria. Obviamente esto supone una pérdida de tiempo.


Impuesto sobre el valor añadido (IVA)


Si bien hasta ahora como ya comentamos en otro post “los servicios artísticos prestados por el artista a los clientes con los que contrate la actuación tributarán al tipo normal de IVA (21%)”, a partir del 1 de enero de 2019, se aplica el tipo reducido del 10% a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos a los productores cinematográficos y organizadores de obras de teatro y musicales (número 13º del artículo 91.Uno.2). Siempre y cuando los primeros sean personas físicas.


Si tienes cualquier duda sobre estas novedades tributarias 2019 para artistas creadores y cineastas, contacta con nosotros. En Carrillo Asesores estaremos encantados de ayudarte.




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