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DEDUCCIONES FISCALES I+D+I: CREACIÓN DE VIDEOJUEGOS

Actualizado: 16 feb 2021

La Agencia Tributaria contempla una serie de deducciones fiscales aplicables a actividades relacionadas con la innovación tecnológica (Deducciones fiscales I+D+I). Entre esas actividades se puede incluir bajo determinadas premisas la creación de videojuegos, una actividad claramente al alza.


Con el auge de los smartphones el cliente potencial consumidor de estos productos prácticamente se aumentó a todo el mundo. Ya no hace falta tener una consola para jugar. Ahora se puede ser consumidor con una máquina que tienen la mayoría de las personas. Obviamente esto hace que la oferta de contenido vaya aumentando por la subida de la demanda potencial, y España no podía ser una excepción. Aunque aún no estamos al nivel de otras potencias como Estados Unidos, sí que en el pasado tuvimos momentos de gloria en este sentido. Títulos míticos como “La Abadía del Crimen”, o los ya mas modernos “PC Fútbol” o la saga “Commandos”, son de creación española. Por tanto, existe cierta tradición que invita a pensar que, si supimos hacerlo hace años, por qué no vamos a saber hacerlo ahora.



Deducciones fiscales I+D+I o por innovación tecnológica


Aunque no existen deducciones fiscales específicas para la actividad de desarrollo de videojuegos, existe en el Impuesto de Sociedades una deducción por innovación tecnológica. Bajo determinados supuestos y cumpliendo ciertas condiciones, podría suponer un ahorro fiscal muy importante para las empresas dedicadas a esta actividad. Para ello, el desarrollo de videojuegos tiene que ser considerado innovación tecnológica.


¿Qué se considera innovación tecnológica?


En consulta vinculante la Dirección General de Tributos (diciembre de 2017) dice: “se considera innovación tecnológica:


la actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes.

Se considerarán nuevos aquellos productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto de vista tecnológico, difieran sustancialmente de las existentes con anterioridad.


Esta actividad incluirá la materialización de

  1. los nuevos productos o procesos en un plano, esquema o diseño,

  2. la creación de un primer prototipo no comercializable,

  3. los proyectos de demostración inicial o proyectos piloto, incluidos los relacionados con la animación y los videojuegos

Ahora bien, en esa misma consulta también se apunta lo siguiente:


“la programación de videojuegos podrá considerarse como actividad de innovación tecnológica en la medida que:

  1. suponga la obtención de un producto nuevo o

  2. incorpore una mejora sustancial a uno ya existente.” 

Más adelante puntúa que no estarán incluidas «las actualizaciones menores y/o rutinarias de un videojuego existente».


Por tanto, dentro de las Deducciones fiscales I+D+I, existe una susceptible de aplicar en la programación de videojuegos, concretamente de un 12% de los gastos. Conviene estudiar el caso y asesorarse previamente antes de hacerlo, para evitar problemas posteriores con la Agencia Tributaria por no cumplir los requisitos exigidos. En Carrillo Asesores Tributarios y Abogados contamos con un equipo de especialistas en esta materia que estarían encantados de ayudarte si lo necesitas.




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