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GLOBALG.A.P y Compliance Penal, más que amigos.

Actualizado: 20 may 2021

Un de las características del Sector Agroalimentario es la fuerte carga legislativa a la cual está sometido tanto a nivel estatal como internacional



Áreas como la seguridad  alimentaria, la protección ambiental o la regulación laboral están altamente controladas, con el objetivo de dotar a consumidores, distribuidores y sociedad en general de la seguridad y transparencia necesarias para el consumo de los productos agrarios.


A esta considerable regulación legislativa se ha unido, recientemente, un nuevo factor, la creciente globalización de los mercados en el sector primario. Esta globalización ha generado la necesidad de unificar los criterios de aceptación de productos, que sean internacionalmente válidos, independientemente del origen del producto o el canal de distribución.


Debido esta nueva necesidad, nacen organismos como GLOBALG.A.P, los cuales establecen normas de carácter voluntario mediante las cuales se puedan certificar productos agrícolas en todas partes del mundo, gracias a la implantación de una serie de requisitos de cumplimiento a nivel de la explotación, los cuales abarcan todo el proceso de producción del producto certificado, desde el inicio en viveros o semilleros pasando por todas las actividades agropecuarias subsiguientes, hasta la retirada final del producto en la explotación.


Esta certificación, no solo proporciona confianza a los consumidores, sino que aumenta el control de los riesgos para la seguridad alimentaria y facilita el control de toda la normativa de referencia en el sector.

Todos estos beneficios son compatibles con otra herramienta de gestión en la empresa, también basada en la detección y gestión de los riesgos, los Sistemas de Gestión para la Prevención de Delitos.


Aunque a priori nos puedan parecer dos normas radicalmente diferentes, son más los puntos que las unen que los que las diferencian, haciendo de estas similitudes factores comunes que consiguen que ambos sistemas sean compatibles y puedan apoyarse el uno en el otro.


Dentro de estos nexos de unión entre el GLOBALG.A.P y el Compliance Penal, cabría destacar:


  • Ambos sistemas deben contar con una estructura de gestión con recursos humanos suficientes y adecuadamente formados, es decir deben documentarse procedimientos de formación, capacitación, definición de puestos, establecimiento de responsabilidades…que garanticen la viabilidad del sistema.

  • Se ha de establecer un sistema documental que cuente con manuales, procedimientos, políticas,…todo ello debidamente controlado.

  • Han de existir registros que demuestren el control efectivo que se ejerce y que sirvan como prueba, en caso necesario.

  • Se ha de establecer un sistema de mejora continua, revisión y auditoria del mismo.

  • Se ha de ejercer control sobre proveedores, contratas y terceros que puedan intervenir en los procesos.


Estos y otros puntos de encuentro, los cuales pueden variar en función del Sistema de Prevención de Delitos que desee implantar la empresa, hace que una organización que cuente con la certificación GLOBALG.A.P, posea una herramienta muy eficaz para poder implantar un Sistema de Prevención de Delitos que la defienda en caso de que le sea exigida responsabilidad penal por la comisión de delito.




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