El problema es nuestro.
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- Nuevos derechos para empleados del hogar: vigilancia médica, evaluación de riesgos y protocolo antiacoso
El 11 de septiembre de 2024 el gobierno publicó en el BOE una actualización significativa que refuerza los derechos de los empleados y empleadas del hogar ( RD 893/2024 de 10 de septiembre ). Entre las principales novedades, se incluyen el derecho a reconocimientos médicos periódicos , la evaluación de riesgos laborales por parte de los empleadores y la obligatoriedad de formación preventiva para los trabajadores. Estas medidas buscan mejorar la seguridad y salud de quienes prestan servicios en el ámbito del hogar familiar, introduciendo también un protocolo contra el acoso y estableciendo nuevas obligaciones para los empleadores, cuya aplicación será progresiva hasta 2026. Las novedades son las siguientes: Reconocimientos médicos Los empleados del hogar tendrán derecho a la vigilancia de su estado de salud y será responsabilidad del empleador/a, lo que incluye un examen médico adecuado que tenga en cuenta los riesgos laborales identificados en la evaluación . El reconocimiento médico tendrá una periodicidad trienal y será voluntario y único, aunque se trabaje en varios domicilios. El ministerio de sanidad promoverá la inclusión de la realización gratuita de los reconocimientos médicos en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Evaluación de riesgos y formación El empleador/a deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de sus trabajadores/as. En caso de que la evaluación detecte situaciones de riesgo, se deberán adoptar las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos. Los empleadores deberán proporcionar gratuitamente a las personas trabajadoras “los equipos de trabajo adecuados para el correcto desempeño de sus funciones” y los repondrán cuando resulte preciso. Las trabajadoras tendrán que realizar una formación obligatoria en materia preventiva en el momento de su contratación, que será única, aunque presten servicio en varios domicilios. En el caso de que su tarea entrañe riesgos excepcionales en alguno de los domicilios, deberá recibir una formación complementaria que correrá a cargo de la persona empleadora en cuestión. La formación se hará a través de la plataforma del INSST, que estará disponible en la web del Ministerio de Trabajo y será gestionada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. Protocolo antiacoso El INSST facilitará un protocolo frente al acoso. El abandono del domicilio ante una situación de violencia o acoso no podrá considerarse dimisión ni podrá ser causa de despido En el plazo de 10 meses desde la publicación de la norma, el INSS pondrá a disposición de todas las personas empleadoras una herramienta que facilite el cumplimiento de las obligaciones. Las obligaciones en materia de prevención no serán exigibles hasta seis meses después de la puesta a disposición de esta herramienta, con lo que la entrada en vigor efectiva se irá a 2026. Con la publicación de este nuevo Real Decreto, el legislador avanza en la protección de los derechos de los empleados y empleadas del hogar, equiparándolos a otros sectores laborales en términos de seguridad, salud y prevención . La implementación gradual de estas medidas permitirá que tanto empleadores como trabajadores se adapten a las nuevas exigencias, mejorando las condiciones laborales en el ámbito doméstico. Este marco normativo, junto con el respaldo de instituciones como el INSST y el Sistema Nacional de Salud, supone un paso decisivo hacia una mayor dignificación y protección del trabajo en el hogar familiar.
- Cuando se configura un Arrendamiento como “Actividad Económica”. REQUISITOS Y VENTAJAS.
Si Vd. o su empresa arrienda inmuebles, le interesa leer el siguiente post. En el supuesto de que el arrendador sea persona física titular de los inmuebles arrendados, puede tributar por las rentas obtenidas en el alquiler de los inmuebles en su declaración de IRPF como “ rendimientos de capital inmobiliario ” o como “ Rendimientos de Actividades Económicas ”. Si es una sociedad , tributará por las rentas obtenidas en el Impuesto sobre Sociedades , pero no se considerará que realiza actividades económicas si no cumple con una serie de requisitos, y se le puede considerar como “ empresa patrimonial ” si no cumpliese los requisitos. Para que por lo tanto se considere una actividad económica (el arrendamiento de inmuebles), debe disponer de un empleado a jornada completa como criterio objetivo según Ley, pero también existe un criterio subjetivo marcado por los tribunales. IRPF – Cuando el arrendador es persona física. Como hemos mencionado para que la actividad de arrendamiento sea considerada como una “ actividad económica ” en el IRPF, el Trabajador con contrato laboral, debe estar ligado a dicha actividad y estar contratado a jornada completa. Recuerde que, cuando el arrendamiento se califica como actividad económica, no es posible aplicar la reducción por arrendamiento de viviendas . Ésta sólo es aplicable cuando los rendimientos se califican como procedentes del capital inmobiliario, Ley IRPF, art. 23.2. Pero a sensu contrario podrá deducir todos los gastos inherentes y correlacionados con los ingresos. Postura de la Agencia Tributaria: Respecto al cumplimiento de este requisito en el IRPF, Hacienda aplica criterios muy rígidos. Por ejemplo: No admite que la persona empleada sea un profesional autónomo o un gestor , ya que no habría contrato laboral, CV DGT V1705-20. Tampoco considera que exista actividad económica cuando se tiene contratado a un trabajador a jornada completa que, al mismo tiempo, también trabaja a jornada completa para otra empresa (supuesto de pluriempleo), CV DGT V3319-20. En este segundo caso, Hacienda presume que el empleado no dedica su jornada laboral completa a la actividad de arrendamiento, por lo que se incumple el requisito para que se considere actividad económica. Carga de trabajo suficiente – Criterio de la AEAT. Igualmente, para que exista actividad económica es preciso poder acreditar que la contratación del empleado es necesaria para la gestión de la actividad . Es decir, se debe probar que existe una carga de trabajo suficiente, y así se han manifestado ciertos tribunales, TEAC 23-03-2021; TS 06-04-2012. En este sentido, el número y el tamaño de los inmuebles arrendados puede ser un indicio muy relevante de la carga de trabajo. Así, si sólo se alquila un piso, local, o nave industrial , el hecho de disponer de una persona contratada difícilmente acreditará que existe actividad económica . En este caso, si sólo se dispone de uno o dos inmuebles arrendados (aunque su valor sea elevado), Hacienda puede considerar que se ha contratado al empleado con la única finalidad de “aparentar” la realización de una actividad económica (al no existir una carga de trabajo suficiente que justifique dicha contratación). En cambio, si se arrienda un volumen relevante de inmuebles y se gestionan las incidencias propias de los alquileres (contratos, vencimientos, impagos, obras de conservación, declaraciones de IVA y retenciones), la necesidad de disponer de un empleado sí estará justificada y, por tanto, existirá actividad económica. Beneficios fiscales si el arrendamiento se califica como Actividad Económica. No menos importante son los impuestos ligados a los inmuebles, como Impuesto sobre el Patrimonio (IP), o Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). El hecho de que el arrendamiento de inmuebles tenga el carácter de actividad económica es también de gran importancia en el ISD y en el IP , ya que permite que las personas con inmuebles alquilados disfruten de los incentivos de empresa familiar : Si una persona tiene inmuebles alquilados y se considera que están afectos a una actividad económica, pueden quedar exentos en el IP , y así evitar la tributación en este impuesto por dichos inmuebles alquilados, así lo manifiesta la LIP, en su art. 4.Ocho. Además, la transmisión de dichos inmuebles por herencia o donación también puede disfrutar de una reducción del 95% (99% en algunas CCAA´s”) en el ISD, LISD, art. 20.2.c. No obstante, aparte del requisito de que los inmuebles alquilados estén afectos a actividades económicas, existen otros condicionantes que también deben tenerse en cuenta para disfrutar de los incentivos de empresa familiar; por ejemplo, tanto en el ISD como en el IP se exige asimismo que los rendimientos netos derivados de la actividad supongan la principal fuente de renta del titular de los inmuebles , así como en ISD periodo de permanencia, y si actúa como sociedad, también deben darse una serie de requisitos en el administrador. Impuesto de Sociedades (IS) – Casos de sociedades con inmuebles Actividad desarrollada por una Sociedad. Estos incentivos comentados en relación a los impuestos IP e ISD, también son aplicables a los socios con acciones o participaciones en dicha sociedad, cuando se posea acc/partc. que representan, al menos, el 5% del capital de sociedades que, a su vez, tienen inmuebles. En ese caso, la exención en el IP se aplica sobre las participaciones, y la reducción en el ISD, sobre la transmisión de éstas por herencia o donación. Asimismo, si no se llega al 5% del capital, los incentivos pueden ser igualmente aplicables si el grupo familiar sí posee, como mínimo, el 20%. Otro requisito reside, en que al menos el 50% de los activos de la sociedad debe estar afecto a actividades económicas . Si no se alcanza dicho porcentaje, los incentivos no son aplicables. En cualquier caso, este requisito puede incumplirse durante 90 días al año. Una vez satisfecho el requisito, los incentivos de empresa familiar se aplican proporcionalmente al porcentaje del activo afecto a actividades económicas . Por ejemplo, si un 60% del activo está afecto, un 60% del valor de las participaciones que se posean estará exento en el IP. Para que los inmuebles alquilados se consideren afectos a la actividad económica de arrendamiento es preciso que se cumpla el mismo requisito que en el IRPF : la empresa debe disponer de un empleado contratado a jornada completa que gestione el alquiler En relación al IS - Impuesto sobre Sociedades, hay que tener en cuenta los requisitos comentados anteriormente, y no caer en el Régimen de sociedades patrimoniales. En relación al empleado, al igual que en el IRPF, el ISD y el IP , para que se considere que la sociedad está llevando a cabo una actividad económica de alquiler es preciso que disponga de al menos un trabajador con contrato laboral y a jornada completa que se encargue de la gestión de los inmuebles, LIS, art. 5.1. Ventajas de una sociedad patrimonial Esta regla afecta de forma directa a las sociedades cuyo activo está constituido principalmente por inmuebles arrendados . Cuando más de la mitad del activo de una sociedad está constituido por valores o no está afecto a una actividad económica, es de aplicación el régimen de sociedades patrimoniales . Así pues, el hecho de que los inmuebles se consideren afectos a una actividad evita la aplicación de dicho régimen. Tener la consideración de entidad patrimonial impide la aplicación de diversos incentivos , como, por ejemplo, el régimen de pymes que se define en la LIS, art. 101, o la exención por doble imposición del 95% en la venta de las participaciones de la sociedad patrimonial, que se define en la LIS, art. 21.5. A tener en cuenta tras diversas sentencias y jurisprudencia: Tras diversas publicaciones sobre los matices y requisitos en Sociedades para estar bonificadas en IP, IS e ISD, las sociedades de arrendamiento de inmuebles, se debe tener en cuenta lo siguiente: Grupo de Sociedades. Pues bien, en el IS el requisito de tener un empleado a jornada completa se aplica de forma flexible. En primer lugar, según la ley del IS, cuando una entidad forme parte de un grupo mercantil, a la hora de valorar la existencia de la actividad económica de alquiler se deben tener en cuenta todas las sociedades del grupo . Por tanto, existirá actividad económica cuando una sociedad tenga su activo principalmente constituido por inmuebles alquilados y cuando de la gestión de dichos alquileres se encargue un trabajador contratado por la propia empresa o por otra entidad del grupo. Subcontrata. Por otro lado, Hacienda también acepta la existencia de actividad económica en el alquiler de inmuebles cuando la empresa arrendadora subcontrata a un tercero para gestionar los alquileres . Para ello, sólo es preciso que el tercero disponga de los medios necesarios para desempeñar tal actividad (por ejemplo, una gestoría) , así las CV, DGT V1794-17 y V0090-24. Ahora bien, Hacienda considera que este criterio sólo es aplicable al IS, de modo que no es extrapolable ni al IRPF, ni al IP, ni al ISD . En dichos impuestos sigue siendo necesaria la contratación de una persona a jornada completa para que la actividad de alquiler se considere actividad económica (no es posible subcontratar la gestión a terceros). Por todo lo expuesto, debe tener en cuenta los requisitos y condicionantes , para determinar si le conviene como persona física actuar como “actividad económica” en el arriendo de inmuebles, teniendo en cuenta todo el escenario de tributos afectados, y si actúa a través de una Sociedad , debe conocer así mismo las obligaciones tributarias para disfrutar de la exención en IP e ISD, así como poder aplicar el régimen de pymes. Si necesita un asesoramiento totalmente especializado y ajustado a sus circunstancias, no dude en contactar con nosotros, desde Grupo Carrillo le ofreceremos la solución más ventajosa para su caso.
- AYUDAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PROTOCOLO FAMILIAR (Profesionalización de la gestión de la empresa familiar)
La Región de Murcia ha lanzado una nueva convocatoria destinada a fortalecer y profesionalizar la gestión de las empresas familiares mediante la elaboración de protocolos familiares. Esta iniciativa, bajo el título "Ayudas para la Elaboración del Protocolo Familiar" , busca ofrecer un apoyo crucial a las familias empresarias que desean asegurar una transición generacional eficaz y estructurada. El protocolo familiar es un documento clave que establece las normas y directrices para la gobernanza de la empresa familiar , abarcando aspectos como la sucesión, la incorporación de nuevos miembros y la resolución de conflictos. Su importancia radica en que permite prevenir malentendidos y garantiza que las decisiones se tomen de manera objetiva y consensuada, asegurando así la continuidad y estabilidad de la empresa. Esta convocatoria es un reflejo del compromiso de la Región de Murcia con el tejido empresarial local, reconociendo el papel fundamental que las empresas familiares desempeñan en la economía regional. Mediante estas ayudas, se busca facilitar el acceso a asesoría profesional y recursos necesarios para que estas empresas puedan desarrollar un protocolo adaptado a sus necesidades y particularidades. A continuación, os ofrecemos todos los detalles de la mencionada ayuda: Objeto Esta ayuda se sustancia en la elaboración del Protocolo Familiar , acuerdo marco de naturaleza jurídica compleja, que contiene elementos o pactos propios de distintos contratos y que sirve de norma a la que han de ajustarse otros pactos complementarios de carácter más concreto (estatutos, testamentos, etc.), firmado entre familiares socios de una empresa, actuales o previsibles en el futuro, con la finalidad de regular la organización y gestión de la misma, así como las relaciones entre la familia, la empresa y sus propietarios, para dar continuidad a la empresa, de manera eficaz y con éxito, en la siguiente generación familiar. Beneficiarios - PYMES (autónomos y personas jurídicas) de cualquier sector, excepto pesca, acuicultura y producción primaria de productos agrícolas. Actuaciones subvencionables - Trabajos de consultoría o asesoría para la obtención del protocolo familiar (Grupo Carrillo realiza este servicio) Gastos subvencionables - Gastos no iniciados de asesoramientos, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar el objetivo del servicio. Se podrán incluir, asimismo, gastos de certificación en normas de calidad o similares de amplio reconocimiento para el servicio solicitado, y costes de investigación contractual destinados de manera exclusiva a actividades de investigación y desarrollo. - Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles, aprobados, certificados y comprobados, de la letra anterior. Importe e intensidad de la ayuda Intensidad el 70% de los gastos subvencionables , que se podrá incrementar en un 15% si la actividad de la empresa está dentro del listado de sector de actividad RIS4MUR. - Hasta 5.000€ para PYMES de hasta 9 trabajadores - Hasta 10.000€ para PYMES con 10 o más trabajadores En este contexto, desde Grupo Carrillo nos encargamos de la gestión, tramitación y justificación de la ayuda. Ofrecemos nuestro expertise y experiencia para asegurar que las empresas familiares interesadas puedan acceder a los beneficios de la convocatoria de manera efectiva y eficiente. Para más información jrodriguez@carrilloasesores.com
- Desafíos y Estrategias para la Protección de Datos en la Era de la Inteligencia Artificial
El uso de algoritmos o sistemas de inteligencia artificial para la toma de decisiones automatizadas puede poner en peligro los derechos fundamentales de los trabajadores . Por esta razón, es obligación de las empresas informar cuando utilizan estos sistemas. Principales riesgos Los riesgos principales incluyen: Privacidad. Protección de datos personales. Igualdad y no discriminación. Seguridad y salud laboral. La protección de datos personales ante el uso de la inteligencia artificial resulta esencial para garantizar la privacidad y la seguridad de los individuos en un entorno laboral y tecnológico . (ET art.64.4. d ; RGPD art.13.2.f), 14.2.g), 15.1.h) y 22 y L 15/2022 art.23.3 y 4). Se trata de un derecho fundamental reconocido en el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el artículo 16 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Este derecho está desarrollado en el Reglamento 619/2016 del Parlamento Europeo y del Consejo (RGPD) y complementado por la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), junto con la normativa sectorial relacionada. Promoción de la Inteligencia Artificial Ética Ante este escenario, las empresas deben promover el uso de una inteligencia artificial ética, confiable y respetuosa con los derechos fundamentales . Por ejemplo, si una empresa utiliza inteligencia artificial para recopilar datos de los usuarios y personalizar las opciones de compra en su página web, una medida importante sería permitir que los usuarios tengan control sobre sus datos. Esto se puede lograr mediante opciones de consentimiento claras y la posibilidad de gestionar sus preferencias de privacidad. Sello de Calidad para los Algoritmos Además, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital prevé la promoción de un sello de calidad para los algoritmos . Este sello sería una certificación otorgada a los algoritmos de IA que cumplan con ciertos estándares de calidad, ética y seguridad , garantizando así que se desarrollen y utilicen de manera responsable y transparente. Así mismo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha creado una guía que aborda estos temas. Las decisiones automatizadas pueden predecir cómo evolucionará una persona, evaluar su estado actual o decidir qué acciones se deben tomar (Por ejemplo, evaluando el trabajo de un empleado y su rendimiento, la IA podría decidir si promociona o no). En este contexto, la inteligencia artificial puede desempeñar dos roles distintos: Servir de apoyo en el proceso de decisión , dejando la decisión final a un ser humano. Asumir la toma y ejecución de la decisión de manera autónoma. Ética de la Inteligencia Artificial En consecuencia, la ética de la inteligencia artificial busca proteger valores como la dignidad, la libertad, la democracia, la igualdad, la autonomía individual y la justicia frente al control de un razonamiento mecánico. La Comisión Europea trabaja en definir una inteligencia artificial confiable , estableciendo que debe cumplir con siete requisitos clave: Supervisión y control humanos. Solidez técnica y seguridad. Gestión de la privacidad y protección de datos. Transparencia y diversidad. No discriminación y equidad. Bienestar social y ambiental. Rendición de cuentas. Normas del RGPD para el Tratamiento de Datos Para asegurar que el tratamiento de datos cumple con las normas, el RGPD ofrece una gran flexibilidad para adaptar el tratamiento de datos a sus reglas. No obstante, hay una serie de condiciones mínimas que se deben cumplir: La existencia de una base legal que legitime el tratamiento de datos personales. La obligación de informar a los titulares de los datos y garantizar la transparencia de dicha información. La obligación de proporcionar a los titulares mecanismos para el ejercicio de sus derechos. La aplicación del principio de responsabilidad proactiva , que exige la incorporación de garantías adicionales, documentadas y orientadas a gestionar el riesgo para los derechos y libertades de los individuos, incluyendo la obligación de mantener un registro de actividades de tratamiento. El cumplimiento de los requisitos necesarios para realizar transferencias internacionales de datos . En resumen, la existencia de una tecnología no justifica la comercialización de productos que no cumplan con un adecuado nivel de calidad de servicio , especialmente si hay normativa que lo requiere. La industria de la inteligencia artificial necesita guías y apoyo para cumplir con la normativa y asegurar la seguridad jurídica en sus proyectos. Para proteger los datos personales y cumplir con el RGPD, las soluciones de IA deben ser objetivas y gestionadas con garantías adecuadas . La Guía de la AEPD destaca que los riesgos de la IA pueden amplificar problemas éticos, por lo que es crucial utilizar estrategias de transparencia, gestión de riesgos y mecanismos de auditoría . El desafío no está solo en la tecnología, sino en su uso responsable, evitando delegar completamente en sistemas de IA sin supervisión crítica y protegiendo adecuadamente los datos.
- Grupo Carrillo cierra la temporada 23/24 con un millón de euros tramitados en programas y ayudas de impulso al deporte murciano
La temporada 2023/24 ha llegado a su fin, y en el departamento de Deportes de Grupo Carrillo reafirmamos nuestro compromiso con la mejora del deporte en la Región de Murcia. A través de una gestión eficiente y un enfoque estratégico, hemos canalizado importantes inversiones y ayudas que ascienden en total al millón de euros y que sin duda sirven para fortalecer el tejido deportivo local, ayudando tanto a clubes y federaciones como a deportistas de alto rendimiento. Programas del Consejo Superior de Deportes (CSD) Los programas del Consejo Superior de Deportes tienen una tramitación compleja que requiere de un buen asesoramiento por nuestra parte, pero en contraprestación, suponen un fuerte impulso para el deporte a la vez que promocionan al empresario como motor de crecimiento social a través de los valores asociados al deporte. En esta última temporada hemos tramitado varios de estos programas de impulso al deporte y a la participación en competiciones cuyo valor asciende al medio millón de euros. Estos programas benefician directamente a los clubes deportivos y son posibles gracias a la colaboración de empresas que, tras realizar sus aportaciones para financiar el programa, reciben importantes deducciones fiscales de entre el 40% y el 90% . Esta sinergia entre el sector empresarial y el deporte local es fundamental para el crecimiento de este último. Ayudas federativas y no federativas para clubes y deportistas de alto rendimiento En Grupo Carrillo mantenemos una estrecha colaboración con 38 clubes de diversas disciplinas, incluyendo fútbol, baloncesto, voleibol o automovilismo. Además, extendemos nuestro asesoramiento legal, fiscal, financiero y laboral también a deportistas de alto rendimiento que pueden beneficiarse de todos estos programas y ayudas . Esta red de colaboración es esencial para mejorar las condiciones y el desarrollo integral del deporte en la Región. Con la mirada puesta en el futuro, Grupo Carrillo inicia la temporada 24/25 con la firme intención de ampliar el número de clubes con los que trabaja y aumentar la cuantía de los programas. Esta sinergia entre el tejido empresarial y el deporte regional seguirá favoreciendo la mejora de las condiciones de los deportistas y clubes, contribuyendo al crecimiento sostenible del deporte en la Región de Murcia. ¿Por qué es necesario el asesoramiento integral para clubes deportivos y deportistas? El Derecho Deportivo es un campo especializado que aborda las cuestiones legales relacionadas con el mundo del deporte. En Grupo Carrillo sumamos a este servicio toda nuestra experiencia como asesores fiscales y laborales lo que nos confiere una visión integral de las necesidades de clubes y deportistas y de sus oportunidades de desarrollo y financiación en aspectos clave como: Captación de Patrocinadores: Ayudamos a los clubes en la búsqueda de patrocinadores, asesorándolos sobre las mejores vías de patrocinio para alcanzar sus objetivos. Conocemos los programas estatales de patrocinio y colaboramos en la identificación de empresas locales interesadas en invertir en el club. 2. Representantes de Jugadores: Proporcionamos conocimiento jurídico, laboral y financiero a los representantes para que puedan asesorar de manera completa a sus jugadores. Asistimos en la creación de contratos y ofrecemos apoyo legal y financiero en asuntos personales y familiares. 3. Profesionalización de Clubes: Estudiamos el tipo de club y brindamos asesoramiento en la gestión y control de la contabilidad de los empleados, cumpliendo con los Reglamentos de la RFEF. 4. Ayudas y Subvenciones: Facilitamos la gestión y tramitación de ayudas y subvenciones hasta su consecución. 5. Transformación en Sociedad Anónima Deportiva (SA): Realizamos todos los trámites necesarios para transformar un club en una SA Deportiva, acompañando en todo el proceso. 6. Jugadores Extranjeros: Preparamos la documentación requerida para cumplir con los requisitos exigidos por las Administraciones públicas al traer jugadores extranjeros al club. En definitiva, nuestra misión para con el deporte es proteger al deportista profesional y su patrimonio , asesorar a los representantes de los mismos para garantizar el éxito en su carrera, y ofrecer la posibilidad de financiar a los distintos clubes para mejorar su profesionalización y sus posibilidades de éxito. Grupo Carrillo es una firma multidisciplinar con más de 100 profesionales especializados en las distintas disciplinas del Derecho y más de 45 años de experiencia . Contamos con un equipo de profesionales dedicados exclusivamente a este tipo de sistemas de financiación, teniendo especialistas en áreas como: Derecho Fiscal, Propiedad intelectual e industrial, Mercantil, Administrativo y Laboral , todas ellas necesarias para supervisar, gestionar y asesorar a los clubes, federaciones y deportistas.
- Cinco Días sitúa a GRUPO CARRILLO como el primer despacho español con mayor crecimiento y evolución en la facturación global desde 2019 a 2023.
Grupo Carrillo se posiciona en primera línea de actuación según el ranking elaborado por el diario económico español Cinco Días. La empresa murciana tuvo una evolución del 408,2% desde 2019 a 2023. Murcia, a 19 de junio de 2024 Carrillo (con sedes en distintas ciudades del territorio nacional) se encuentra liderando el ranking desarrollado por el diario económico Cinco Días, en el que se valora la evolución experimentada en los últimos años. Dicha evolución en la facturación global alcanza la desorbitada cifra del 408,2% y en un plazo que abarca desde el año 2019 al 2023. Grupo Carrillo es una empresa familiar que nace a finales de los años setenta fundada por José Carrillo Cano y su esposa, Ana María Fernández Candel. En la actualidad mantiene una plantilla de más de 100 profesionales especializados en el mundo de la empresa, además de ofrecer servicios de asesoramiento y consultoría integral en los ámbitos tributario, jurídico, laboral e internacional. La diferenciación de Carrillo viene por añadir a sus servicios tradicionales la gestión de trabajos más complejos, tales como: Holding, Compliance, Reducción de la Carga Fiscal y operaciones de M&A, entre otras. Así mismo, cuenta con departamentos especializados en el asesoramiento deportivo y cultural, habiendo desarrollado en esta última área la innovadora plataforma de mecenazgo cultural FAMCultura, premiada por el Ministerio de Cultura como uno de los mejores proyectos de industrias culturales y creativas del 2019. El crecimiento en la facturación ha sido resultado del notable aumento en el número de clientes que buscan los diversos servicios ofrecidos, y se ha manifestado de manera especialmente destacada en áreas de especialización que incluyen fiscal, jurídica, laboral y sector cultural. Desde Carrillo queremos expresar nuestro más sincero agradecimiento a todos aquellos que han contribuido al éxito que hemos alcanzado. Este logro no hubiera sido posible sin el arduo trabajo, la dedicación y el apoyo incondicional de cada miembro del Grupo. Agradecer de igual forma a nuestros clientes la confianza y lealtad depositada en Grupo Carrillo. ¿Quieres saber más? Cinco Días te facilita toda la información en este enlace. Más información: https://www.carrilloasesores.com/ Tfno.: 968 242 258 Email: info@carrilloasesores.com
- El peligroso concepto de: “armonización fiscal”. ¡A pagar, a pagar!
Si hiciésemos una encuesta entre los contribuyentes de nuestro país, sobre qué impuesto les parece más “injusto”, a buen seguro obtendríamos una respuesta casi unánime: el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Quien, en un ambiente más o menos distendido, no ha planteado la siguiente reflexión: “¿Por qué tengo que pagar por algo que mi padre/madre ya lo ha hecho en vida?” Y es que, aunque los profesionales del sector tributario podamos tener una respuesta técnica a esa pregunta, parece imposible no compartir en cierta medida ese frustrante criterio. Por tanto, es por esa fama de “impuesto más odiado”, que numerosas han sido las Comunidades Autónomas que, dentro de sus competencias normativas, no han dudado en –prácticamente eliminarlo-. Prueba de ello, entre otros, los siguientes territorios que, con sus particularidades, han optado por su mayor o menor bonificación: Madrid (territorio pionero en ello), seguido de Murcia, Andalucía, Castilla y León, Extremadura, Comunidad Valenciana, recientemente Islas Baleares, etc. Pero: ¿cuál es el hecho imponible de este impuesto? El impuesto sobre sucesiones y donaciones es un tributo que grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo/gratuito por las personas físicas en los siguientes supuestos: i) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio; o ii) La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito. Por tanto, tributan por él, los herederos en el primero de los supuestos mencionados (transmisiones por muerte) y los donatarios, o personas favorecidas por una donación, en el segundo de los casos (transmisiones lucrativas inter vivos). Aparente nuevo escenario: la temida armonización. Cuando precisamente nos encontrábamos en un contexto óptimo, precisamente por esa tendencia extendida entre las Comunidades de bonificación del impuesto, hace unos pocos días ha cobrado excesiva fuerza una circunstancia, que hasta hace poco, era un mero rumor. Pero que desde el despacho veníamos avisando: la armonización del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. No debemos olvidar que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al igual que el de Patrimonio, es un impuesto estatal cuyo rendimiento está cedido a las Comunidades Autónomas. De ahí el entorno fiscal favorable que le han dado éstas últimas. Sin embargo, parece que ese entorno favorable puede tener fecha de caducidad. Hace unos días, la ministra de Hacienda dejaba caer como probable, algo hasta hace poco parecía imposible: la temida armonización del impuesto. Y ya sabemos que armonizar, no va a significar precisamente que no pague nadie… En efecto, dentro de este contexto de escaso baile normativo y seguridad jurídica que se está viviendo en nuestro país (entiéndase la ironía), ya hay una gran parte del ejecutivo nacional que aboga por la armonización del impuesto entre territorios. Incluso, algunos sectores del mismo, hablan ya de la creación de un Impuesto a las Grandes Fortunas 2.0. Esta vez en lo que a herencias se refiere. Veremos en qué queda toda esta “rumorología tributaria”, máxime cuando estos movimientos estarán especialmente vigilados por las Comunidades Autónomas, quienes a buen seguro plantarán batalla en defensa de sus competencias, autonomía financiera y normativa. Pero ya saben que, cuando el río suena… La importancia de una correcta planificación fiscal. Así las cosas, lo más importante en este momento de incertidumbre, es contar con una correcta planificación fiscal, que nos permita estar cubiertos ante modificaciones legislativas futuras. Y en este sentido, numerosas son las fórmulas con las que cuenta el contribuyente para reducir el coste fiscal de un hipotético afloramiento de este impuesto. Imaginemos un contribuyente que dentro de su patrimonio cuente con: acciones y participaciones en sociedades, inmuebles, dinero en efectivo. Y que éste patrimonio sea objeto de transmisión, bien vía donación o por fallecimiento. Pues bien, una correcta estructura de ese patrimonio, por ejemplo, a través de una estructura holding con la que se cumplan los requisitos de empresa familiar, podría hacer que los donatarios o herederos, en un entorno fiscal desfavorable del impuesto, ahorrasen cientos de miles de euros. Ello es un ejemplo más de múltiples escenarios que podrían producirse dentro de esta temida armonización de impuesto. Pero todos ellos con un punto de conexión común: la necesidad de adelantarse a los acontecimientos. Aquello de: “volver, cuando el ejecutivo todavía está yendo”. En Grupo Carrillo estaremos encantados de asesorarle y serle de utilidad para una correcta planificación fiscal.
- Financiación para espectáculos en vivo
Cómo obtener financiación para los espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales Vienen tiempos de bolos y actuaciones en vivo como nunca, tras años persiguiendo fórmulas de financiación insuficientes vía subvenciones directas, que no posibilitaban ni ayudaban, de manera eficiente, a la producción de los espectáculos en vivo. Surge una desapercibida modificación en la redacción del artículo 36 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades relativo a la deducción por inversiones en espectáculos en vivo, que abre una enorme posibilidad en la obtención de financiación a los espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Sectores afines ya beneficiados de financiación de capital privado Desde el año 2008, las producciones cinematográficas y series audiovisuales se han beneficiado de la entrada de capital privado a través del vehículo financiero-fiscal de las Agrupaciones de Interés Económico (AIE), convirtiéndose en una actividad necesaria y estratégica para la cultura de nuestro país. La prueba del avance y desarrollo de este sistema, queda reflejada en la publicación de ayer en los medios que desvelaba el acuerdo del Gobierno para aumentar en un 5 % el porcentaje de estas deducciones, respaldando así la inversión en este tipo de producciones. El siguiente en sumarse y beneficiarse de este sistema fue el teatro, que ha demostrado que no es necesario contar con grandes sumas de inversión privada para hacer viable y rentable este modelo. Cómo funciona la financiación de espectáculos en vivo A través de una AIE, figura asociativa de cooperación inter-empresarial, regulada por la Ley 12/1991, de 29 de abril, de Agrupaciones de Interés Económico, se facilita la deducción expuesta anteriormente a aquellos inversores, ya sean empresas o personas físicas (profesionales con ingresos por actividades económicas) con bases imponibles actuales y/o futuras positivas que quieran minorar su IS o su IRPF, respectivamente. Junto a la deducción, los inversores se beneficiarían de las bases imponible negativas generadas con el proyecto, constituyendo ambas el conjunto del beneficio fiscal cuya rentabilidad puede ascender al 30 % de la inversión. ¿Qué tipo de espectáculos son susceptibles de la aplicación de la deducción? Entre los proyectos que pudieran verse beneficiados por este sistema, se encuentran los festivales, galas y eventos, giras de artistas, circo, danza y musicales, entre otros. Será necesario acreditar el carácter cultural del espectáculo en vivo ante el organismo competente en estos casos, el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM). Aplicación de la financiación en la música Hasta ahora, el sector musical se había mantenido al margen de este sistema, luchando por lograr planes de financiación sostenibles para sus proyectos. Sin embargo, la Música cuenta con una singularidad que aventaja al Cine y el Teatro, los Patrocinios, que están muy presentes en las giras de los artistas, así como los diversos festivales que tienen lugar a lo largo del año en nuestro país. Dejando a un lado al “inversor-estándar” cuyo interés es la obtención del crédito fiscal, propio del Cine y el Teatro, (que también tendría cabida en la Música), la creación de una nueva figura dentro del sector musical llamado “Inversor-Patrocinador”, generaría la duplicidad de fondos para financiar este sector. El éxito de las negociaciones entre promotores y patrocinadores quedaría asegurado toda vez que estos últimos verían un retorno del 100 % más una rentabilidad aproximada de un 20 % en sus inversiones en giras y festivales las cuales, hasta ahora, iban únicamente destinadas a lograr un mayor posicionamiento y un prestigio marcario. Por último, estamos detectando que, gracias a la garantía otorgada a estos inversores, en la recuperación de su inversión más la obtención de la rentabilidad pertinente, se está generando entre estos la voluntad de dar un paso más y participar con el riesgo y ventura del proyecto. Este sistema pudiera parecer únicamente viable en grandes proyectos con costes de producción abundantes. Sin embargo, consideramos estar ante un nuevo sistema de micromecenazgo donde, junto con la posible participación del inversor en el riesgo y ventura del proyecto, como apuntamos anteriormente, este además se beneficiaría de los incentivos fiscales. Es decir, todo tipo de bandas y espectáculos pueden acudir a esta vía de financiación contactando con su entorno empresarial y “mecenas” pagadores de impuestos que, junto con los beneficios directos comentados, quieran ayudar, contribuir y ser partícipes de este cambio en la financiación y comercialización de la Música en nuestro país. Además, recientemente hemos sido testigos de la publicación de la primera Resolución Vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT), V5479-16, de 29 de diciembre de 2016 en la que se aclaran y resuelven algunas de las particularidades del sistema de financiación aquí expuesto, asegurando y respaldando de esta forma su viabilidad, como ya lo hizo anteriormente en otros sectores como el cine y el teatro. Valor añadido de Carrillo Asesores Desde Carrillo Asesores estamos poniendo en práctica la experiencia adquirida en el sector audiovisual y teatral para colaborar, en esta ocasión, con los espectáculos en vivo. Sin embargo, hemos querido dar un paso más allá del asesoramiento jurídico pasivo, involucrándonos con los proyectos y funcionando a éxito con cada uno de ellos. Esto se basa fundamentalmente en que conocemos la industria del entretenimiento y sabemos del riesgo y ventura que corren tanto promotores, como agencias de booking, managers y resto de agentes intervinientes. Junto a lo hasta ahora mencionado, en Carrillo Asesores contamos con una cartera de potenciales inversores ya interesados en dicho sistema de financiación y a la espera de la presentación de diferentes proyectos. Si estás interesado en saber más, ponte en contacto con nosotros.
- GRUPO CARRILLO incrementa su potencial al situarse en el puesto número 17 según el ranking de despachos de abogados de referencia en España elaborado por Expansión.
Grupo Carrillo se posiciona en primera línea de actuación situándose entre los 20 primeros despachos con mayor crecimiento en España. La empresa murciana mejoró su facturación en un 61.5% con respecto al año anterior. Murcia, a 23 de abril de 2024 Carrillo con sedes en distintas ciudades del territorio nacional, se encuentra entre los primeros 20 despachos de abogados por volumen de negocio global (según el ranking de Expansión). En 2023 logra un incremento del 61.5% sobre la facturación del año anterior, consolidándose como uno de los bufetes con mayor crecimiento de España. Se sitúa en el puesto 17 entre los principales despachos de abogados españoles, habiendo mejorado su posición en el ranking. El análisis de Expansión es el referente de despachos jurídicos, y sirve para trazar un mapa del estado del sector. Grupo Carrillo es una empresa familiar surgida a finales de los años setenta fundada por José Carrillo Cano y su esposa, Ana María Fernández Candel. En la actualidad mantiene una plantilla de más de 100 profesionales especializados en el mundo de la empresa, además de ofrecer servicios de asesoramiento y consultoría integral en los ámbitos tributario, jurídico, laboral e internacional. La diferenciación de Carrillo viene por añadir a sus servicios tradicionales la gestión de trabajos más complejos, tales como: Holding, Compliance, Reducción de la Carga Fiscal y operaciones de M&A, entre otras. Así mismo, cuenta con departamentos especializados en el asesoramiento deportivo y cultural, habiendo desarrollado en esta última área la innovadora plataforma de mecenazgo cultural FAMCultura, premiada por el Ministerio de Cultura como uno de los mejores proyectos de industrias culturales y creativas del 2019. Además Grupo Carrillo se ha consolidado como el número 1 en productividad, clave fundamental del éxito conseguido. El crecimiento en nuestra facturación ha sido resultado del notable aumento en el número de clientes que buscan los diversos servicios que ofrecemos. Este crecimiento se ha manifestado de manera especialmente destacada en nuestras áreas de especialización, que incluyen fiscal, jurídica y laboral. En el área fiscal, hemos experimentado una demanda cada vez mayor de servicios de asesoramiento tributario y planificación financiera. Nuestro compromiso con la excelencia en este campo nos ha permitido satisfacer las necesidades cambiantes de nuestros clientes, brindándoles soluciones efectivas y estratégicas para optimizar sus situaciones fiscales. De manera similar, en el ámbito jurídico, hemos sido testigos de un incremento significativo en la necesidad de asesoramiento legal en una variedad de áreas, desde derecho corporativo hasta litigios comerciales. Nuestro equipo de abogados altamente capacitados se ha dedicado a ofrecer asistencia legal integral y personalizada, garantizando la protección de los intereses de nuestros clientes en todo momento. En cuanto al área laboral, hemos observado un aumento en la demanda de servicios relacionados con recursos humanos, gestión del talento y cumplimiento normativo. Nuestra capacidad para adaptarnos a las cambiantes regulaciones laborales y proporcionar soluciones prácticas y orientadas a resultados ha sido fundamental para satisfacer las necesidades de nuestros clientes en este campo tan dinámico. De igual forma, debemos destacar el notable crecimiento en el área cultural. Durante el año 2023, hemos sido testigos de un aumento sustancial en la demanda de servicios relacionados con la gestión y promoción de proyectos culturales. Este crecimiento se ha reflejado en un número cada vez mayor de clientes que buscan nuestra experiencia y apoyo para llevar a cabo iniciativas culturales significativas. Nuestros servicios en el área cultural abarcan una amplia gama de actividades y una estrecha variedad de clientes, incluyendo instituciones culturales, artistas individuales y empresas del sector privado, para ofrecer soluciones personalizadas que satisfagan sus necesidades específicas. Uno de los aspectos más destacados de nuestro crecimiento en el área cultural ha sido el aumento en la inversión en proyectos culturales. Durante el año 2023, hemos duplicado nuestra inversión en comparación con años anteriores, lo que demuestra nuestro firme compromiso de apoyar y promover la cultura en todas sus formas. Este crecimiento en el área cultural ha sido impulsado en gran medida por el número creciente de clientes que confían en nosotros para proporcionar soluciones innovadoras y efectivas para sus necesidades culturales. Desde Carrillo queremos compartir con todos la enorme satisfacción y orgullo que supone este nuevo logro. Agradecer infinitamente la labor e implicación de nuestro equipo de profesionales, y la confianza y fidelidad de nuestros clientes. Más información: https://www.carrilloasesores.com/ Tfno.: 968 242 258 Email: info@carrilloasesores.com
- Grupo Carrillo elige las innovadoras instalaciones de Zamora Company para celebrar su reunión estratégica del Comité de Dirección
El Comité de Dirección de Grupo Carrillo visitó y celebró su reunión en las extraordinarias instalaciones de Zamora Company. Murcia, 16 de abril de 2024 Grupo Carrillo celebró la destacada reunión de su Comité de Dirección en las prestigiosas instalaciones de Zamora Company. Esta reunión marcó un hito importante en la estrategia de crecimiento y desarrollo de la empresa, reuniendo a los principales líderes y tomadores de decisiones de Grupo Carrillo en un entorno propicio para la colaboración y la innovación. La reunión, que se llevó a cabo el pasado 12 de abril, proporcionó una plataforma integral para discutir y analizar los desafíos y las oportunidades emergentes en el sector. Los miembros del Comité de Dirección participaron en diversos debates sobre estrategias empresariales, iniciativas de crecimiento y proyectos clave que impulsarán el futuro éxito de Grupo Carrillo. La elección de las instalaciones de Zamora Company, empresa de renombre internacional que destaca como creadora y distribuidora de vinos y espirituosos, refleja el compromiso de Grupo Carrillo con la excelencia y la colaboración. Fundada en España, ha evolucionado hasta convertirse en una de las principales compañías del sector a nivel global. Su portafolio, compuesto por más de 15 marcas de prestigio, abarca una amplia gama de productos que deleitan a los paladares más exigentes en más de 80 países alrededor del mundo. Con un enfoque en la excelencia y la innovación, Zamora Company continúa elevando los estándares de calidad en la industria, consolidándose como un referente indiscutible en el mercado internacional de bebidas espirituosas. La entidad reconocida por su reputación de innovación y calidad en la industria, ofreció un entorno inspirador que fomentó la creatividad y el intercambio de ideas entre los líderes de Grupo Carrillo. "La elección de las instalaciones de Zamora Company para nuestra reunión estratégica no fue accidental. Representa nuestra admiración por su excelencia y nuestro deseo de asociarnos con los mejores en nuestro camino hacia el éxito", comentó José Gabriel Carrillo (Socio-director del departamento jurídico y presidente de Grupo Carrillo). "Zamora Company personifica los valores de innovación y calidad que compartimos en Grupo Carrillo, y estamos agradecidos de la exclusiva acogida”. En la reciente reunión del Comité de Dirección de Grupo Carrillo en las instalaciones de Zamora Company, la excelencia en el trato por parte de la misma fue simplemente excepcional. Desde el momento en que nuestros directivos cruzaron las puertas de sus instalaciones, fueron recibidos con una calidez y hospitalidad sin igual. Cada detalle fue cuidadosamente atendido, desde la disposición de las salas de reuniones hasta la atención personalizada de su equipo dedicado. La disposición de Zamora Company para adaptarse a nuestras necesidades específicas y garantizar el éxito de nuestra reunión fue evidente en cada interacción. Su equipo demostró un nivel ejemplar de profesionalismo, cortesía y compromiso, lo que facilitó un entorno de trabajo productivo y colaborativo para nuestros líderes. Nos sentimos honrados de haber sido tratados con tanto respeto y consideración por parte de Zamora Company durante nuestra estadía. Su compromiso con la excelencia en el servicio no solo mejoró nuestra experiencia, sino que también fortaleció nuestra confianza. Agradecer de manera muy especial a Esther Aguirre Zamora, consejera, vicesecretaria y presidenta de la Comisión de Familia de Zamora Company. En nombre de todo el equipo de Grupo Carrillo, nos gustaría expresar nuestro más sincero agradecimiento por el excepcional trato que recibimos durante nuestra reciente reunión en las instalaciones de Zamora Company. Su dedicación y liderazgo como consejera y presidenta de la Comisión de la Familia Zamora Company fueron evidentes en cada detalle de nuestra visita. Grupo Carrillo se sintió recibido con una calidez y hospitalidad que hizo que nuestra estancia fuera verdaderamente inolvidable. Gracias Esther porque la atención a los detalles y el enfoque en garantizar nuestra comodidad y satisfacción no pasaron desapercibidos y contribuyeron en gran medida al éxito de nuestro encuentro. No podemos olvidar y mostrar de nuevo nuestro agradecimiento por habernos cedido la sala de juntas del consejo de administración de Zamora Company, destacando ser la primera vez en la que una empresa externa realiza una reunión de este calibre en la citada sala. De igual forma, desde Grupo Carrillo trasladamos nuestra enhorabuena por la reciente inauguración del nuevo restaurante de la empresa: un proyecto que ha sido gestado con ilusión y dedicación en el corazón de Zamora Company, y que resulta ser más que un simple lugar para disfrutar de exquisitos platos y deliciosas bebidas. Es un oasis culinario donde convergen la pasión por la gastronomía y el compromiso con la excelencia que define a dicha empresa. ¡Nuestra más sincera enhorabuena! Más información: www.carrilloasesores.com info@carrilloasesores.com Tfno.: 968 242 258
- Se anuncia la unión de FAM Cultura con Pop Eye y las Instituciones valencianas, para la realización de la 17 edición de los Premios FAM Cultura Pop Eye.
FAM Cultura se alía estrechamente con Pop Eye y las Instituciones valencianas, para situar la gala de Premios FAM Cultura Pop Eye
- LA PLATAFORMA FUN & MONEY, DE CARRILLO ASESORES, PREMIADA POR EL MINISTERIO DE CULTURA
El Ministerio de Cultura y Deporte presentó este miércoles 29 de enero, en el Círculo de Bellas Artes (Madrid), los mejores proyectos de Industrias Culturales y Creativas (ICC) apoyados por la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo en 2019. Entre los proyectos seleccionados, en la línea de ayudas de ‘Modernización e Innovación de la Industrias Culturales y Creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos’, se encuentra ‘Fun & Money‘, de Carrillo Asesores Tributarios-Abogados SLP. Un portal web que tiende puentes entre proyectos culturales y empresas y miembros de la sociedad civil susceptibles de ser financiadores de tales iniciativas culturales, a cambio de recibir los beneficios que pueden encontrar en las diferentes formas de financiación disponibles online. El acto contó con la participación de la directora general de Industrias Culturales y Cooperación, Adriana Moscoso del Prado. Se mostraron y recogieron sus premios los mejores proyectos financiados por el Ministerio de Cultura y Deporte en 2019. Mejores proyectos de Industrias Culturales y Creativas En total, son diez los proyectos mejor valorados de las ayudas que otorga la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo, del Ministerio de Cultura y Deporte. Cinco para la línea de Acción y Promoción cultural. Otros cinco para la de Modernización e Innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos. Iniciativas premiadas por la línea de “Modernización e Innovación de la Industrias Culturales y Creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos” Además de ‘Fun & Money’, otros cuatro proyectos han destacado en 2019 dentro de la línea de ayudas para la ‘Modernización e Innovación de la Industrias Culturales y Creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos’, son: ‘Fun & Money’, de Carrillo Asesores Tributarios y Abogados S.L.P. (Murcia). ‘Culturv’, de la Real Compañía de los Mares Virtuales S.L., de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca). ‘Virtualiz_ARTE’, de Elektrart Innovación Cultural y Tecnología, S.L. de Getxo (Vizcaya). ‘SAAR: Sistema Avanzado de Asistencia a la Regiduría’, de Aptent Soluciones, S.L. de Leganés (Madrid). ‘Project ATTRAH’, de Meteorbyte Studios S.L., de Oviedo. Proyectos seleccionados en la línea de ‘Acción y Promoción Cultural’ Igualmente, cinco iniciativas han sido destacadas en 2019 dentro de la línea de ayudas para el fomento de actividades para la ‘Acción y Promoción Cultural’: ‘Dicultura’, de la Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa INCYDE, de Madrid. ‘XChange 2019’, de la Asociación cultural GameHub, de Madrid. ‘Exportando a toda España un modelo teatral de éxito. La Joven Compañía’, de la Fundación Teatro Joven, de Madrid. ‘VII Fórum de ciudades y territorios creativos de España- Orihuela 2020. Orihuela, un universo de poesía y luz entre el mediterráneo e Iberoamérica’, de la Asociación España Creativa: innovación en red, de Madrid. ‘Arte de violería’, de AC MUSLYRAMUS, de Zaragoza. Otros proyectos de reconocida labor en el tiempo A lo largo del acto, también se expusieron aquellos mejores proyectos de industrias culturales y creativas beneficiarios de estas ayudas en convocatorias anteriores, que siguen desarrollándose años después, sus vías de financiación actuales y sostenibilidad de cara al futuro.