12 de ene de 20172 min.
Actualizado: 19 de may de 2021
¿Mis hijos heredarán la empresa que tanto me ha costado levantar exenta de impuestos? ¿Soy una empresa familiar a efectos de bonificación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones? ¿Estoy preparado fiscalmente para el relevo generacional? ¿Y qué requisitos tenemos que cumplir para que esté exento de tributar el 95%-99% del valor de mi empresa?
Estas son algunas de las preguntas que muchos empresarios se hacen y al mismo tiempo desconocen. Lo primero que el empresario debe determinar frente a estas preguntas, es si su empresa/as están bonificadas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y por lo tanto, que no sea un lastre para sus hijos heredar.
Los condicionantes que marca la legislación estatal y autonómica para que los herederos puedan suceder a los padres en la titularidad de sus empresas y puedan exonerarse de tributar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en un 95%-99%, estriban en requisitos que tiene que cumplir el heredero, la propia empresa y los padres. Por lo tanto a grosso modo podríamos determinar dichas premisas de obligado cumplimiento en las siguientes:
✓ Ejercicio efectivo de funciones de dirección por si o por el “grupo familiar”
✓ Retribución de las funciones de dirección del causante o del miembro del “grupo familiar” que las ejerza sea superior al 50% del conjunto de sus rendimientos del trabajo y de las actividades económicas.
✓ Participación del 5% individual o del 20% con su “grupo familiar” (su cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el segundo grado)
✓ Sujeto pasivo en el Impuesto de Sociedades y que realice una actividad económica (se incluyen las sociedades holding del artíulo 75 de la LIS)
✓ Parentesco: Cónyuge, descendiente o adoptado. De no haber descendientes o adoptados, ascendientes, adoptantes y colaterales hasta el tercer grado.
✓ Mantenimiento de la adquisición durante 10 años.
Teniendo en cuenta estos requisitos que marca el legislador para bonificar las empresas familiares en sucesiones y donaciones, utilizamos un gráfico de semáforos para ver fácilmente, dónde el cumplimiento y la determinación de la exención total o parcial de las sociedades pueden suponer un gran ahorro fiscal y una mínima tributación.
Para que una empresa familiar, pueda estar bonificada en un 100% y tener acceso a la exención de hasta un 99%, debe cumplir y por lo tanto, tener en verde todos los puntos comentados.
Ello nos indica que hay que hacer una análisis profundo de las empresas, de su estructura patrimonial y de la composición familiar y personal de los intervinientes en la sucesión o traslado generacional de las mercantiles, ya que incumplir cualquier requisito puede condicionar perder la exención y por lo tanto encarecer, y mucho, la tributación.
Desde Carrillo Asesores damos prioridad a estos aspectos y a través de un análisis fiscal sucesorio establecemos escenarios de tributación actual, utilizamos nuestro propio sistema de semaforos para las empresas, y a través de los respectivos informes proponemos sistemas de reorganización empresarial para que el empresario pueda estar tranquilo y que sus hijos hereden sus empresa/as con la mínima tributación.
Para usted, su empresa y su heredero, la prueba del semáforo para beneficiarse de la exención en el Impuesto sobre Sucesiones