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¿COMO AHORRAR MAS, FONDO DE INVERSION O DEPOSITOS?

Actualizado: 28 may 2021

Los Fondos de Inversión frente a los Depósitos. ¿Qué es más rentable fiscalmente?

A la hora de invertir los posibles ahorros, la mayoría de españoles se debaten entre los famosos depósitos a plazo fijo o los Fondos de Inversión, como herramientas para que con mucha tranquilidad y conservadurismo no lleguemos a perder ni un céntimo del capital invertido, por ello la batalla en los tipos de interés garantizando el capital, hoy en día se ha convertido en el pan nuestro de las entidades bancarias.


Pues en esta tesitura nos encontramos con que la fiscalidad de ambos productos puede diferir y suponer un ahorro fiscal al bolsillo del contribuyente.


Lo que primero tiene que hacer el inversor, es analizar muy bien todas las condiciones para sacar el máximo rendimiento. Es decir comparar rentabilidades de los depósitos en las distintas entidades bancarias y de los infinitos fondos de inversión que hay en el mercado (sobre todo para perfiles conservadores que no arriesguen el capital invertido, los denominados FIM garantizados o de Renta Fija, que invierten sobre todo en deuda, obligaciones y productos financieros con poca volatilidad).


Una vez elegido el producto la fiscalidad puede ser distinta, pues el rendimiento generado en los Fondos de Inversión, es el mismo que en los depósitos, ya que se califica de ganancia de patrimonio y se calcula conforme a las normas generales del IRPF formando parte de la base imponible del ahorro. Pero la diferencia está en que este rendimiento no tributa hasta que no se realice la venta, es el denominado diferimiento fiscal que permite tributar a Hacienda cuando se rescata o se vende, y en esa proporción, También incidimos en el hecho de que los traspasos entre fondos tampoco tributan confiere a este tipo de productos una importante ventaja.


Como vemos en el ejemplo si optamos por un fondo de inversión retirando la ganancia que podamos tener después de un año, la diferencia de tributación supone un 97% menos de tributación. Es decir con este ejemplo anualmente se pagarían de impuestos de 90€ y con el FIM retirando los intereses generados, se pagarían de impuestos 2,62€.


También se puede optar por mantener el FIM sin vender ninguna participación, pues nuestro valor acumulado no tributará hasta la venta de las citadas participaciones, generando una plusvalía que no tributa anualmente.


Esto no deja de ser interesante desde el punto de vista de la Sucesión, ya que no es lo mismo lo que se paga de impuestos antes de heredar con depósitos y con FIM, ya que las plusvalías generadas por el contribuyente a lo largo de los años de un FIM que se hereda por parte de los hijos no tributarían en sede del fallecido.


Ejemplo: Si un contribuyente con un depósito le genera intereses anualmente de 1.000 €, tendrá que pagar 200 € cada año al fisco, luego en 10 años tendrá 10.000 € de intereses habrá pagado 2.000 €. Pues en caso de fallecimiento el heredero recibirá el capital del depósito más 8.000 € de intereses acumulados en los 10 años (10.000 – 2.000). Sin embargo si el FIM genera los mismos rendimientos de 10.000 € en los 10 años, no existirá tributación en el fallecido.


Por ello desde un punto de vista fiscal es más interesante los Fondos de Inversión que los depósitos, y ya tendrá que ser el contribuyente y de cara a su perfil inversor el que se decante por uno u otro.


*Artículo publicado en MurciaEconomía.com




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