¿Cómo podemos garantizar que los modelos de prevención que establecemos en nuestras organizaciones cumplen con los requisitos establecidos en el Código Penal?
Ante este nuevo requerimiento, el administrador de la empresa se pregunta cómo implantar un Compliance Penal.
A día de hoy, todas la empresas cuentan con protocolos de actuación o procedimientos de trabajo para la prevención de riesgos laborales, protocolos encaminados a establecer requisitos o normas de calidad en nuestro producto o sistemas de gestión de protección del medio ambiente.
Conociendo estos modelos de organización y control, es fácil entender que el Compliance Penal es otro sistema de gestión más encaminado a la prevención de riesgos, siendo su peculiaridad los riesgos que pueden dar lugar a la comisión de delitos dentro de la empresa.
¿Es difícil de implantar un sistema de gestión de riesgos para la prevención de delitos en las organizaciones?
No, no son difíciles de implantar, es una nueva metodología de trabajo, a la cual la empresa ha de acostumbrarse y como todos estos sistemas de trabajo, necesita la colaboración de especialistas que puedan ayudarle a poder realizarlo con todas las garantías que exige el Código Penal.
¿Cómo cumplo con los requisitos establecidos en el Código Penal?
El Código Penal establece unos contenidos mínimos que han de cumplir los modelos de prevención de riesgos, pero apenas entra en detalle, por eso es habitual que esta duda sobre cómo hay que realizarlos y cómo hay que implantarlos asalte a los administradores de las empresas.
Para que sea más facil implantar un Compliance Penal, AENOR lanzó una especificación denominada ‘Sistemas de Gestión de Riesgos para la Prevención de Delitos en las Organizaciones’.
Esta norma tiene muchos puntos en común con otras a las que las empresas están habituadas, como por ejemplo, las que hacen referencia a calidad o medio ambiente, cuyo procedimientos más comunes son:
gestión de la documentación,
gestión de la comunicación,
revisiones por la dirección,
auditoría interna,
acciones correctoras…
¿En qué se diferencia esta norma?
Esta norma sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas hace especial hincapié en aquellos aspectos que marca el código penal, es decir:
evaluación del mismo,
identificación del riesgo en que se cometa el delito penal,
control de las mismas,
respuesta ante la comisión de ese delito dentro de la organización, es decir, cómo ha de actuar la empresa en caso de que el riesgo, por desgracia, se materialice.
Además, al ser una norma AENOR puede ser certificada por un tercero, por lo que el administrador podrá demostrar con más fuerza, en caso de ser necesario, que ha tomado las acciones necesarias de autorregulación que podrán llegar a ser contempladas como medidas que exoneren de responsabilidad.
Implantar un Compliance Penal de forma eficiente es posible con las nuevas herramientas tecnológicas y con el asesoramiento de un profesional formado en la materia.
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