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Los compradores de camiones ya pueden exigir daños y perjuicios

Actualizado: 18 may 2021

Sanción UE  fabricantes de camiones DAF, MAN, VOLVO, RENAULT, DAIMLER, e IVECO


El pasado día 6 de abril la Comisión Europea ha publicado el esperado texto de la resolución sancionatoria por la que impone una multa de cerca de 3.000 millones de euros a los fabricantes de camiones DAF, MAN, VOLVO, RENAULT, DAIMLER, e IVECO.


La publicación, de momento únicamente en inglés y que omite algunos datos considerados confidenciales, contiene el relato del expediente sancionador, la conformidad de los sancionados y el importe de las multas que se han impuesto a los expresados fabricantes.


En relación con los hechos sancionados se detalla como desde el 17 de enero de 1997 hasta el 18 de enero de 2011, los implicados, con ciertas variantes, intercambiaron información con la finalidad de mantener un sistema uniforme de precios, al tiempo que también pactaron la introducción paulatina de los sistemas de emisiones EURO 3 a 6.


A la vista de la resolución resulta incontestable la existencia de responsabilidad de los fabricantes implicados por el pacto de precios, quedando la puerta abierta a los compradores de camiones durante esas fechas (enero 1997 a enero 2011) para exigirles los daños y perjuicios correspondientes.


Sin perjuicio de un análisis más detallado de la misma, no parece que entre a valorar el perjuicio causado a los particulares ni a dar parámetros para su concreción, lo cual como ya hemos adelantado en otros artículos nos exige determinar los mismos en base a un informe que analice cual hubiera sido el precio pagado en un escenario de libre competencia.


En los próximos días emitiremos una opinión más detallada sobre el contenido de la resolución. Si quieren saber más sobre el caso del cartel de los camiones, aquí. 


Llámenos si ha comprado un camión entre 1997 y 2011, le diremos si puede reclamar el importe pagado de más




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