top of page

PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO DE LA REGIÓN DE MURCIA

Actualizado: 28 may 2021

Con el objetivo de luchar contra el fraude, se ha aprobado el Plan de Control Tributario​ 2015​ de la Región de Murcia


La Comunidad Autónoma​ contará con más herramientas e información para investigar y comprobar ​los tributos regionales, centrándose para 2015 en comprobar la correcta tributación de los murcianos en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), el Impuesto sobre el Patrimonio y los Tributos sobre el juego.


Considerando las competencias en la aplicación de los tributos cedidos que la Ley 22/2009 reconoce a las Comunidades Autónomas, las actuaciones de control tributario se desarrollarán mediante la investigación y comprobación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), en el Impuesto sobre el Patrimonio y en los Tributos sobre el juego.


En el Impuesto sobre el Patrimonio:


Las actuaciones se centrarán fundamentalmente en investigar aquellos contribuyentes que, debiendo presentar declaración por este tributo, no lo hagan, en coordinación con la AEAT, centrándose fundamentalmente en el cruce de información sobre la titularidad de bienes y derechos de los sujetos pasivos con el fin de detectar bienes no declarados.


En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:


Las actuaciones se realizarán tanto en vía de gestión como de inspección y, en particular, este año la investigación se dedicará preferentemente a aquellos negocios jurídicos no presentados a declarar, así como a verificar la corrección de los beneficios fiscales aplicados por los contribuyentes, regulados tanto en la normativa autonómica como en la estatal.


En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD):


Las actuaciones se centrarán de forma preferente en la comprobación de los contribuyentes que han renunciado indebidamente a la exención del artículo 20.2 de la Ley del IVA, y en general en todas aquellas actuaciones que se deriven de una aplicación indebida del IVA en detrimento de la tributación por ITPAJD.


También, serán objeto de una especial atención las operaciones que tributan a tipos reducidos por este Impuesto, en aplicación de la normativa autonómica, y aquellas operaciones exentas tales como los préstamos. Y se reforzarán los mecanismos de control derivados de la explotación informática de los datos obtenidos por suministro de información por parte de los Notarios.


También, se continúa con las actuaciones tendentes a la comprobación de aquellas operaciones que puedan verse afectadas por la aplicación del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores.


Por último, se continuará la línea iniciada en el ejercicio anterior de control de la efectiva tributación de las operaciones de compraventa de metales preciosos por parte de los titulares de los establecimientos dedicados a esta actividad.


En materia de fiscalidad del Juego:


Las actuaciones se centrarán especialmente en verificar el cumplimiento de los requisitos exigibles para la correcta aplicación por los contribuyentes de las bonificaciones autonómicas establecidas en la Tasa Fiscal sobre el Juego.


En el ámbito de intervención administrativa en materia de juego, es necesario su control dada la repercusión que esta materia puede tener, en muchos casos, en la correcta tributación de los hechos imponibles que suponen las autorizaciones.


Por ello, la actuación se centrará en verificar la identidad entre las autorizaciones administrativas concedidas y el desarrollo del juego en los locales autorizados a tal efecto, así como la actuación contra las distintas formas de juego no autorizado.


En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:


Puesto que esta Administración carece de competencias gestoras, las actuaciones se centrarán en suministrar información a la AEAT relativa a las deducciones autonómicas para su tratamiento masivo dentro de los procedimientos de gestión de este tributo, así como cualquier otra información con trascendencia tributaria de la que sea titular la Comunidad Autónoma.


Este año, como novedad, se pone en marcha el intercambio de información relativo a los datos de familias numerosas y discapacitados, con el fin de detectar posibles fraudes en el ámbito de la nueva deducción de pago directo.

El día 3/3/2015 ha sido publicado en el BORM la Resolución de 16/2/2015 por el que se aprueba el Plan de Control Tributario de la Región de Murcia.

108 visualizaciones0 comentarios

COMPARTIMOS CONOCIMIENTO

bottom of page