El impuesto de la renta de no residentes es una obligación para propietarios de inmuebles en España
No hay duda alguna de que España es uno de los destinos turístico más atractivos del mundo para viajar (75 millones de visitantes en 2016, récord histórico) y que muchos de los que vienen deciden no irse o deciden adquirir inmuebles aquí, aunque sigan siendo residentes en su país, para disfrutar de las maravillas culturales, gastronómicas, sociales… que se ofrecen, a poco que disfrutan de algunos días libres.
Pues bien, ese momento en que se es propietario de un inmueble en España siendo personas no residentes, ya puede generar unas obligaciones fiscales en materia de impuesto sobre la renta que muchas veces se desconocen.
Y hay que tener cuidado ya que en muchas ocasiones los plazos de presentación del impuesto de la renta de no residente, no coinciden con los del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas para residentes fiscales en España y esto puede generar confusión y situaciones “desagradables” de cara a la Agencia Tributaria, como retrasos que generen recargos.
Mientras un no residente es propietario se pueden dar dos situaciones diferentes:
-La persona no residente destina el inmueble urbano adquirido al arrendamiento, el cual le reporta unos ingresos recurrentes.
En este caso deberá declarar estos ingresos por arrendamientos de manera trimestral y pagar el correspondiente Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los términos que corresponda.
-La persona no residente no alquila el inmueble urbano ya que lo utiliza para su uso personal (viene de vacaciones, en puentes…)
Pues bien, al no ser su vivienda habitual, exactamente igual que se hace en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, hay que imputarle un % del valor catastral e ingresar el correspondiente Impuesto de la Renta de No Residentes, en este caso de manera anual.
Como se aprecia, en relación a la Agencia Tributaria el ser no residente no te exime de ciertas obligaciones fiscales si eres propietario de un inmueble en España. De no cumplir estas obligaciones, la persona podría ser objeto de comprobaciones por parte de la Agencia Tributaria que podrían dar lugar a sanciones y multas.
¿Qué ocurre con el impuesto de la renta de no residentes si vende un inmueble en España?
En relación con los inmuebles propiedad de personas no residentes también puede suceder que se vendan.
La operación de venta, exactamente igual que sucede cuando la transacción es entre residentes, generará una ganancia o una pérdida (dependiendo de por cuanto se adquirió y por cuanto se vende).
La Agencia Tributaria también te exige que declares esa renta derivada de la transmisión y tributes por ella en caso de ser ganancia. Para la liquidación de esta modalidad de Impuesto sobre la Renta de No Residentes se dispone de tres meses una vez transcurrida un mes desde la fecha de transmisión del inmueble.
Como se puede suponer, el no hacerlo puede suponer ser objeto de comprobaciones y/o sanciones por parte de la Agencia Tributaria española.
Como ya he comentado en otro post, atendiendo a los convenios de doble imposición firmados por España con cada país, estas cantidades abonadas en concepto de Impuesto de la Renta de No residentes podrán luego ser deducidas en mayor o menor medida a la hora de realizar el Impuesto sobre la Renta en el país donde la persona sea residente en base a los criterios fiscales oportunos.
En definitiva, como se dice en derecho el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Pero tanto mejor si la conocemos y así nos evitamos preocupaciones innecesarias.
Si se encuentras en alguna de estas situaciones, póngase en contacto con nosotros y le ayudaremos.
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