top of page

SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Actualizado: 29 abr 2021

Se encuentra abierta la convocatoria de ayudas a la contratación de personas desempleadas de la Región de Murcia. Estas podrán ser solicitadas hasta el 30 de septiembre de 2019. Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas cuya actividad y centro de trabajo se desarrolle dentro de la Región. Con una partida de presupuestos asignada de 3.170.000 euros, para las modalidades de contratación indefinida o conversiones a indefinido de contratos formativos, todas ellas englobadas en diferentes subprogramas.


Subprograma 1


Destinadas a la contratación indefinida realizada a tiempo o completo o a tiempo parcial, siempre que la jornada sea como mínimo el 50 por ciento de la jornada laboral. Para los siguientes colectivos:

  1. Demandantes de empleo inscritos en la Oficina de Empleo de la Región de Murcia considerados parados de larga duración.

  2. Mayores de 45 años o más, inscritos como demandantes de empleo en las oficias de la Región de Murcia y que puedan ser considerados en situación de desempleo prolongado.

  3. Beneficiarios del Programa de Activación para el empleo, y que estén inscritos como demandantes de empleo en las oficinas de la Región de Murcia.

  4. Menores de 30 años que se encuentren inscritos como demandantes de empleo en las oficinas de la Región de Murcia.

  5. Se encuentren inscritos como demandantes de empleo en las oficinas de la Región de Murcia y realizando prácticas no laborales en las empresas, siempre y cuando la contratación se realice por la misma empresa durante el acuerdo esté vigente y hayan transcurrido al menos 6 meses de estas prácticas.

  6. Víctimas de violencia de género o terrorismo inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de la Región de Murcia.

  7. Mujeres desempleadas con hijos menores de 4 años.




Subprograma 4


Conversión a indefinido de contratos temporales formativos a tiempo completo, o tiempo parcial siempre que la contratación se realice por el 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo.

Las cuantías serán de 6.000€ por conversiones realizadas a tiempo completo y de 3.000€ por conversiones realizas a tiempo parcial.


Requisitos

  1. Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

  2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  3. Hallarse al corriente de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.

Exclusiones

  1. Las contrataciones, conversiones o la realización de prácticas no laborales realizadas con trabajadores que hubiesen prestado servicios en la misma empresa, empresas vinculadas o grupo de empresas, en los veinticuatro meses anteriores mediante un contrato indefinido.

  2. Las empresas que en el momento de redactarse la propuesta de resolución no mantengan en su plantilla al trabajador.

  3. Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive.

  4. La novación de los contratos laborales como consecuencia de subrogación empresarial.

  5. Las contrataciones en el supuesto de relaciones laborales de carácter especial previstas en el artículo 2 del Estatuto de los Trabajadores.

  6. Las empresas que hubieren efectuado, en los doce meses anteriores a la fecha de inicio del contrato por el que solicita la subvención, despido calificado como improcedente.

  7. Las contrataciones de puesta a disposición por las empresas de trabajo temporal.

  8. Los contratos realizados bajo la modalidad de “fijo-discontinuo”.

  9. La contratación laboral de personas que ostenten la condición de socio en empresas.

Para el mantenimiento de dichas subvenciones, las empresas deberán mantener el contrato subvencionado durante un periodo de dos años desde la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social por el contrato indefinido por el que se solicita la subvención, o desde la fecha de la conversión del contrato temporal formativo en indefinido.


Si tienes interés en solicitar esta subvención para la contratación indefinida y necesitas ayuda, en Carrillo Asesores estaremos encantados de atenderte.




67 visualizaciones0 comentarios

COMPARTIMOS CONOCIMIENTO

bottom of page