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LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS

Actualizado: 28 may 2021

Cómo, qué y quién tiene derecho a la devolución del impuesto especial sobre hidrocarburos


Para obtener la devolución del Impuesto especial sobre Hidrocarburos 2014, deberá presentarse a la Administración Tributaria la correspondiente solicitud de devolución,  de acuerdo con la Orden que en cada periodo establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto especial sobre Hidrocarburos soportadas por agricultores y ganaderos.


Esta presentación se realizará a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo. En este caso para las compras de gasóleo de 2014.


La solicitud para solicitar la devolución del impuesto especial sobre hidrocarburos, deberá constar:

  1. NIF

  2. Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1.Tractores; 2.Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3.Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

  3. Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

  4. Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

  5. El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

  6. En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

  7. La fecha y número de factura de cada operación de suministro o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

  8. Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.

¿Quiénes tienen derecho a la devolución?


Los agricultores y ganaderos que en el periodo indicado hayan tenido derecho a la utilización de gasóleo bonificado para uso agrícola y que efectivamente haya sido empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, y que , además, en relación con estas actividades, hayan estado inscritos en dicho periodo en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.


¿Qué consumos de gasóleo dan derecho a la devolución?


Los consumos de gasóleo que dan derecho a la devolución son los realizados en:

  1. Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura.

  2. Motores de los apartados y artefactos empleados en igual destino.

Si tiene cualquier duda o desea añadir más información, déjenos su comentario. Gracias. 

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