top of page

Thermomix, ¿Vulneró LIDL la patente de Vorwerk?

Hace poco menos de un año, en febrero de 2021, conocimos la resolución de uno de los casos sobre patentes que más han sonado en los últimos años; éste era el caso de Thermomix, o Vorwerk, que es el nombre de la compañía frente a la marca alemana de supermercados, Lidl. La disputa era porque desde Vorwerk se consideraba que Lidl, con Monsieur Cuisine, estaba plagiando a su Thermomix.


Cuál fue la resolución de la sentencia en el caso Lidl y Thermomix


Como todos sabemos, el Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, falló a favor de Vorwerk y condenó a Lidl por haber plagiado la patente. De hecho, la condena no se saldó solo con la retirada del producto del mercado, sino que también suponía una indemnización de daños y perjuicios del 10% sobre la cifra de ventas de los productos que infringían la patente. Ahora bien, estaba claro que el caso no se iba a quedar ahí, pues la compañía alemana ya interpuso un recurso contra esta sentencia.


Cuáles son los requisitos de patentabilidad


Antes de entrar de lleno el asunto, ¿cuáles son los tres requisitos de patentabilidad?

  • No existe nada igual en el estado de la técnica.

  • Actividad inventiva. Ningún experto en la materia podría haber figurado la invención mediante la mera observación del estado de la técnica.

  • Aplicación industrial. Cualquier experto en la materia podrá reproducir el producto con los datos de la patente.

Actualizaciones con respecto a la sentencia del caso Lidl y Thermomix


Ahora, tenemos nuevas actualizaciones del caso, ya que este recurso ha conseguido convertirse en oro para LIDL, haciendo que la sección 15 de la Audiencia de Barcelona estime dicho recurso.


¿Qué ha hecho cambiar de opinión al tribunal?

  1. En primer lugar, el tribunal ha considerado que la patente en la que Vorwerk había basado su defensa para argumentar la infracción de Lidl, era nula. La nulidad de la defensa, se fundamenta en que los magistrados llegaron a la conclusión de que, la forma en que se había ampliado la protección en el curso de la tramitación de la patente, era ilegítima.

  2. A continuación, también concluyen que la solicitud no contiene ningún tipo de actividad inventiva.

  3. Por último, a todo esto, se le suma una serie de pruebas que se realizaron en el propio juicio para determinar que no había plagio. En ellas, observaron cómo “no existía infracción” porque en el robot de cocina de Lidl, se podía abrir la tapa sin necesidad de ningún acto previo. En cambio, en el caso de la Thermomix, era necesario “que el mecanismo agitador estuviera desconectado previamente” y que, por lo tanto, esta no proporciona “ninguna solución nueva respecto al sistema de seguridad”.

¿Qué consecuencias tiene este cambio en la decisión?


La principal, y la más importante, es que Lidl ya puede volver a comercializar su producto Monsieur Cuisine. Además, ya no se considera que haya incurrido en plagio. Por lo tanto tampoco tiene que pagar la indemnización de la que hemos hablado previamente. En definitiva, la retirada íntegra de las consecuencias que la primera resolución ocasionó.

Por último, y saliéndonos de la batalla legal de estos dos gigantes, en el plano económico, esto supone un gran alivio para Lidl, dado que este producto era todo un éxito. Así lo confirmaban los datos, ya que las existencias del robot de cocina Monsieur Cuisine se han agotado siempre a las pocas horas de comercializarse.


En Derecho siempre hay opción a recurrir y cuando se trata de una acción de tales medidas económicas es muy habitual agotar todos los recursos. En CARRILLO estamos especializados en Marcas y Patentes y queremos que tengas la suficiente tranquilidad para que todas las cuestiones sobre esta materia puedas conocerlas, y ejercitar la protección de las mismas. Contacta con nosotros son compromiso.




120 visualizaciones0 comentarios

COMPARTIMOS CONOCIMIENTO

bottom of page