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Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, solo sí es sí

Ya no hay resquicio para interpretaciones: solo un “sí” significa “sí”. Ese lema, nacido en España hace seis años tras la violación múltiple de La Manada, ha sido repetido desde entonces en carteles, paredes, calles y redes sociales por cientos de miles de mujeres. Y el 28 de mayo de 2022 se convierte en ley, la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual.


Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual

El Congreso de los Diputados, por 201 votos a favor, 140 en contra y tres abstenciones, ha aprobado esta normativa que condensa las reivindicaciones feministas y cambia el paradigma de la violencia sexual. En el centro ya no estará en cómo respondan o cuánto se resistan las mujeres a una agresión, sino en su voluntad. El consentimiento, libre y expresado claramente, se convierte en el foco del tratamiento de la violencia sexual. Ahora queda la tramitación en el Senado.


Esta ley llega después de casi 11 meses de trámites legislativos. Durante el Pleno celebrado el 28 de mayo, se han recordado “la paciencia”, “el trabajo enorme” y los “esfuerzos” necesarios para llegar a esta ley que, cuando entre en vigor, afectará y protegerá a las mujeres que viven en España y que son más de 24 millones.


La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual es una de las estrellas de esta legislatura en materia de Igualdad y es una de las más vanguardistas de Europa. Su aprobación supone un paso decisivo para cambiar la cultura sexual de nuestro país, lejos de la culpa y del miedo de la víctima, para crear una cultura del consentimiento.


Qué medidas incorpora la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual

Para ir hacia esta cultura, la normativa incorpora no solo una serie de medidas en distintos ámbitos para garantizar el derecho de las mujeres a su libertad sexual, sino también:

  • La reparación de las víctimas.

  • El reconocimiento, por primera vez, de las víctimas de violencia sexual, de explotación sexual y de trata con fines de explotación sexual como víctimas de violencia machista.

También la mutilación genital femenina y los matrimonios forzados entran en este concepto de violencia.


En el ámbito penal, incorpora:

  • La sumisión química como agravante de una agresión sexual.

  • Los asesinatos por violencia sexual serán contabilizados como violencia machista.

  • Se tipifica el acoso callejero como delito.

  • Se incluye también la violencia digital.

Además, se ha incluido una modificación de la ley penal del menor, para que, en los casos en los que los agresores tengan menos de 18 años, las penas lleven siempre la medida accesoria de someterse a programas formativos sobre educación sexual y educación en igualdad.


Consentimiento de las personas implicadas

En definitiva, la modificación planteada del Código Penal supondrá un cambio de paradigma que castigará como agresión toda conducta sexual que no cuente con el consentimiento de las personas implicadas. La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual pasará de un sistema que exige demostrar que la víctima se negó y resistió a otro que requerirá un consentimiento afirmativo y que acaba con la distinción entre abuso y violación.


También:

  • Se prohibirá la publicidad que promueva la pornografía.

  • Se crearán mecanismos para que las víctimas de violencia sexual tengan el mismo acceso que las víctimas de violencia de género a las rentas de inserción.

  • Habrá ayudas económicas para las víctimas de violencia sexual que ganen menos del salario mínimo.

  • La educación sexual será obligatoria en todas las etapas educativas.

Además, se abrirán centros de crisis 24 horas, que ya han dado sus primeros pasos. Estos darán atención psicológica, jurídica y social a víctimas y familiares.


Definición concreta de consentimiento

Hasta ahora, la legislación vigente ya penaliza los actos sexuales sin consentimiento, pero no incluye una definición del concepto. Es por esto que el testimonio de la víctima quedaba a la interpretación de los magistrados. Uno de los cambios fundamentales que se implementan con la ley del “solo sí es sí” es que incluye una definición concreta de consentimiento.


La esencia de esta Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual nace sobre la necesidad de un cambio judicial que entienda la violencia sexual con sus especificidades y en su contexto. Es decir, que la justicia incorpore siempre la perspectiva de género, cosa para la cual es fundamental la formación.


Con esta nueva ley, se entiende que no tiene que mediar violencia o intimidación para que se produzca una violación. La norma hace desaparecer el delito de abuso y considerará cualquier actitud sin consentimiento como agresión. Porque la reacción ante una agresión es por un lado innata y puede ir del bloqueo a la violencia; y porque no siempre hace falta la fuerza para someter a alguien.


Eliminar la culpabilización o la responsabilidad de la víctima en su propia violación

Esta nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual busca eliminar la culpabilización o la responsabilidad de la víctima en su propia violación. Además, coloca en el centro sus decisiones, su deseo. Porque donde antes las víctimas de violación tenían que demostrar que se negaron a tener relaciones sexuales y que sufrieron violencia o intimidación para que el agresor fuese condenado por agresión sexual y no por abuso, ahora con esta nueva ley solo un “sí es sí”, cosa que por fin consigue que las víctimas dejen de sentirse juzgadas y culpabilizadas.


En Carrillo Asesores estamos sensibilizados con esta y otras cuestiones. Hoy hablamos de esta nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual pero ya lo hicimos con el acoso sexual y por razón de género.


Pretendemos darte las herramientas que ayuden a tu empresa a cumplir la legislación. Implementación de medidas como el Registro Salarial y los Planes de igualdad, obligatorios desde el 13 de Octubre de 2020, así como protocolos de actuación en casos de acoso. Contacta con nosotros. Nuestro Departamento de Consultoría te atenderá encantado.




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